DECISIÓN NRO. 2
DECISIÓN NRO. 2
ENERO 16 DE
2025
EL AGENTE INTERVENTOR de la sociedad MÁS RAPIDO MOTOS S.A.S en toma de posesión como medida de intervención, identificada
con Nit. 901.480.064-8 y MICHAEL ABRAHAN LEWIN GONZÁLEZ en toma de posesión como medida de intervención, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 71.269.867, en su condición de representante legal de
la sociedad, como consta en el Auto 911-301330 del 29 de octubre de 2024,
radicado 2021-01-884566, emitido por la superintendencia de sociedades y en uso
de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008 Artículo 10 y demás normas aplicables al proceso de intervención, procede a publicar la
DECISIÓN Nro. 2:
CONSIDERANDO.
1.Que el día 7 de noviembre de 2024, el agente interventor publicó Aviso
de el Diario “EL COLOMBIANO” sobre la medida de intervención en el que se
convocó a todos los interesados con derecho a reclamar las sumas de dinero
entregadas a las personas naturales y/o jurídicas intervenidas, para que presentarán sus solicitudes de devolución dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del referido Aviso, mediante correo electrónico y haciendo entrega personal ante el interventor de los documentos originales que
acreditan la reclamación, conforme lo indica el Artículo 10 de Decreto Ley 4334
de 2008 en su literal C, cuyo término se corrió desde el día 8 de noviembre
hasta el 22 de noviembre de 2024.
2.Que, dentro del término mencionado se hicieron presentes 203 afectados
quienes allegaron los contratos suscritos con los intervenidos, una vez
valorados los documentos que probaron estas operaciones de captación masiva
(contratos, títulos valores y soportes de recibo o entrega de dineros), fue
aceptados para devolución 134 contratos por la suma neta de $ 2,750,473,410. No
se reconocieron 69 solicitudes cuyos y soportes no fueron aportados por los
reclamantes.
3. Que de acuerdo con lo expuesto en los numerales anteriores, en
esta SEGUNDA DECISIÓN, se aceptan las reclamaciones de 131 afectados (oportunos
y extemporáneos) por la suma de $ 2,750,473,410. El detalle de las reclamaciones
aceptadas y rechazadas, puede ser consultadas en el siguiente link: https://masrapidomotossasenintervencion.blogspot.com/
4.Que de conformidad con lo ordenado en el Literal D, Artículo 10 del
Decreto Ley 4334 de 2008, se publica esta decisión en el Diario EL COLOMBIANO,
en la página WEB de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co
y en la página del interventor https://masrapidomotossasenintervencion.blogspot.com/ o en físico en la Calle 50# 51-24, oficina 802, Ed. Banco Ganadero
Medellín-Antioquia.
Contra la presente providencia, procede el Recurso de Reposición el cual
podrá ser presentado dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación de
éste aviso, al correo electrónico masrapidomotossasenintervencio@gmail.com, andresgu7@hotmail.com
o en físico en la Calle 50# 51-24, oficina 802, Ed. Banco Ganadero
Medellín-Antioquia.
Publicado el 16 de enero de 2025
ANDRÉS CAMILO GUTIÉRREZ ORREGO
AGENTE INTERVENTOR
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